miércoles, 25 de agosto de 2010

MOCIÓN PARA LA LEGALIZACIÓN DE LAS CONSTRUCCIONES ILEGALES DE LA CAMPANA

AL EXCMO. AYUNTAMIENTO PLENO DE LA CAMPANA

D. Manuel F. Oviedo, Portavoz del Grupo Municipal Andalucista en este Ayuntamiento, cuyos datos y antecedentes constan en Secretaría General, en base al art. 97 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, que aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presenta, para su inclusión en el Orden del Día del próximo Pleno, la siguiente PROPOSICIÓN:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En nuestra localidad existen un buen número de edificaciones que se han ido construyendo en suelo no urbanizable a lo largo de los años, con una mayor o menor permisibilidad por parte del Gobierno Municipal de turno.

Muchas familias han invertido los ahorros de toda su vida en tener una vivienda en el campo, desconociendo, en muchos casos, la legalidad que se ha alejado de la realidad que se ha generado en nuestro pueblo. Estas personas han visto cómo con la entrada en vigor de la LOUA, especialmente, se ponían en acción mecanismos de disciplina urbanística que determinaban que sus propiedades requerían de un expediente administrativo que en algunos casos también ha derivado en denuncia ante la fiscalía.

Un buen número de estos vecinos nuestros han recibido notificación de apertura de expediente administrativo por el que se les impone una sanción con cuantía bastante importante, sobre todo porque hablamos en muchos casos de familias con economía modesta.

Todos tenemos un gran problema, los vecinos que ven peligrar su patrimonio, la administración local porque la legislación le ha trasladado la responsabilidad en la disciplina urbanística y la Junta de Andalucía porque se encuentra con un censo de alrededor de trescientos mil viviendas “ilegales”.

La voluntad política de buscar soluciones para sus vecinos y vecinas ha hecho que el Partido Andalucista haya encontrado, junto a técnicos especialistas en materia urbanística, una posibilidad legal de dotar de un marco normativo a estos vecinos que les garantice tranquilidad y evite males mayores a los propietarios de estas edificaciones, las cuales fueron construidas en clara infracción urbanística, pero que la falta de actuación de la administración ha hecho transcurrir el tiempo para poder poner en marcha los mecanismos legales para restituir la legalidad infringida.

En concreto, el Ayuntamiento de Marchena acaba de publicar, en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 185, de 11 de agosto de 2010, la aprobación definitiva de la “Ordenanza Reguladora del Procedimiento Administrativo de Declaración en situación de asimilación al régimen de fuera de ordenación de los actos de uso del suelo y, en particular de las obras, instalaciones y edificaciones realizadas con infracción de la normativa urbanística a las que resulten de aplicación las determinaciones del art. 53 del Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía”.

Esta Ordenanza se sustenta en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y en el art. 53 del Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía, que establecen que los actos de uso de suelo y, en particular las obras, instalaciones, construcciones y edificaciones realizadas con infracción de la normativa urbanística, respecto de los cuales ya no se puedan adoptar medidas de protección y restauración de la legalidad por haber transcurrido el plazo citado en el art. 185.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, quedarán asimilados al régimen de fuera de ordenación previsto en la Disposición Adicional Primera de la citada Ley 7/2002. Lo mismo en los casos de imposibilidad legal o material de ejecutar la resolución de reposición de la realidad física alterada.

Como bien dice la Ordenanza promovida por el Alcalde de Marchena (PA), el Reglamento da la solución con un tratamiento generoso y conciliador con los errores del pasado, al tiempo que proporciona a los Ayuntamientos andaluces herramientas necesarias para evitar que los mismos vuelvan a repetirse en el futuro.

Marchena lo primero que ha hecho es conocer la realidad de su suelo no urbanizable, con el doble objetivo de evitar la proliferación de nuevas construcciones y encontrar una solución a una realidad que ha sido consentida desde la propia administración, una medida que es perfectamente trasladable a la realidad urbanística de La Campana.

Lo segundo elaborar y aprobar la Ordenanza fiscal y la Ordenanza Reguladora, por la cual se regula el procedimiento administrativo de declaración, siempre que las obras y edificaciones cumplan con los requisitos que se establecen en la propia ordenanza.

Esta importante medida tomada por el Alcalde de Marchena, del Partido Andalucista, no sólo da tranquilidad en el plano administrativo local, sino que extiende sus efectos al plano registral, otro de los grandes problemas que tenían estos vecinos de nuestro pueblo, pues no podían inscribir en el Registro de la Propiedad nada. Ahora podrán anotar la resolución administrativa por la que se declare las obras, instalaciones y edificaciones en situación asimilada al régimen de fuera de ordenación, siempre que cumplan los requisitos de la ordenanza.

Por lo tanto, se trata de un avance muy significativo que entendemos, desde el Grupo Municipal Andalucista en este Ayuntamiento, se debe poner en marcha en La Campana, en beneficio de los vecinos y vecinas afectados a los cuales nos debemos.

También para el propio Ayuntamiento, ya que significa un punto y aparte en una realidad urbanística que no podemos obviar y cuya responsabilidad recae en el propio Consistorio, en materia de control de la disciplina urbanística. Asimismo, y mientras se ordena urbanísticamente en el PGOU, aquellas que se puedan regularizar, es una solución garantista para los afectados.

Por lo expuesto, el Grupo Municipal Andalucista propone al Pleno la aprobación de la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

1.- El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de La Campana acuerda que por los servicios técnicos municipales se elabore una Ordenanza fiscal y Reguladora similar a la aprobada por el Ayuntamiento de Marchena, que se eleve a este plenario en el plazo máximo de tres meses para su aprobación, que regule el procedimiento administrativo de declaración en situación de asimilación al régimen de fuera de ordenación de los actos de uso del suelo y, en particular las obras, instalaciones y edificaciones realizadas con infracción de la normativa urbanística a las que resulten de aplicación las determinaciones del art. 53 del Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía.

En La Campana, a 25 de Agosto de 2010.

Fdo.: Manuel F. Oviedo

Portavoz del Grupo Municipal Andalucista.

miércoles, 18 de agosto de 2010

INCUMPLIMIENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO DE AYUDA A DOMICILIO

Los Andalucistas hemos denunciado, en el último Pleno, el incumplimiento por parte del Alcalde y del PSOE de la baremación de la Bolsa de Trabajo del Servicio de Ayuda a Domicilio.

Algo que ha perjudicado a las campaneras, puesto que la entrevista personal, que no aparece en el Reglamento de la Bolsa, se la ha sacado de la manga el Alcalde y no ha beneficiado a las personas de La Campana, haciendo de esta forma que los puestos de trabajo los consigan personas que no son de nuestro pueblo con la falta que hace en estos momentos de crisis y paro a nuestra gente.

Si se hubiera cumplido el Reglamento y el PSOE hubiera tenido en cuenta las propuestas del Partido Andalucista en defensa de los campaneros habrían encontrado trabajo algunas vecinas de La Campana, porque no se deja al arbitrio de una entrevista personal que no es objetiva.

Nosotros ya advertimos en el Pleno que queríamos una Bolsa transparente y participada por los sindicatos, sin dejar nada a interpretación de la Mesa de Contratación. El PSOE ha hecho todo lo contrario, no sabemos si para practicar el enchufismo, no ser transparentes o poder usar las contrataciones en época electoral en beneficio propio.

Lo que se ha hecho es un despropósito y un ataque a las paradas de La Campana. Algo que vamos a denunciar desde el Partido Andalucista siempre.

Las mujeres perjudicadas por esta entrevista irregular pueden presentar un Recurso de Reposición en el Ayuntamiento, antes del día 27 de Agosto de 2010, para que se anule la entrevista y se vuelva al baremo que regula el Reglamento. Además, exigimos desde el Partido Andalucista la introducción de medidas que protejan el acceso al empleo de nuestros vecinos.

Desde el Partido Andalucista nos ponemos a vuestra disposición para asesoraros en el escrito que debéis presentar, porque es vuestro derecho y el deber de un Alcalde que mire por su pueblo: dar trabajo a su gente de manera legal y justa.

Si vas a presentar el Recurso puedes ponerte en contacto con Manuel F. Oviedo, Portavoz del Grupo Municipal Andalucista (Movil 687 90 44 89), y te informamos de cómo hacerlo en tiempo y forma.